A pesar del tiempo transcurrido desde que empezaran a implantarse los Departamentos de Orientación en los Institutos de Educación Secundaria persisten en el momento actual problemas y dificultades importantes que afectan al horario y condiciones de trabajo de los profesores y profesoras de la especialidad de Psicología y Pedagogía integrados en ellos.
A la escasez de recursos suficientes para atender el volumen de demandas y necesidades que se plantean y al abandono institucional en el que se ha sumido la orientación educativa en los últimos tiempos hay que unir los problemas generados por la asignación, en muchos centros aún, de tareas que se hallan al margen de las verdaderas funciones que estos profesionales deberían tener dentro de la educación secundaria.
Una de la situaciones más agraviantes se da cuando –contra lo dispuesto en la normativa vigente– se asigna al profesorado de Psicología y Pedagogía docencia en materias o áreas ajenas a su especialidad como las actividades alternativas a la religión, ética, lengua, etc. mientras la única realmente afín –la optativa de Psicología de Bachillerato– se encomienda a profesores de otros departamentos.
Este es posiblemente uno de los asuntos más polémicos en las relaciones que el Departamento de Orientación mantiene con otras instancias del centro debido a que la materia de Psicología no se encuentra asignada por ley a ningún departamento, por lo que el Director del centro puede optar por adscribirla a otros departamentos como el de Filosofía.
Es cierto que el Departamento de Orientación no es un departamento didáctico y que, por ello, no tiene competencias en la programación o coordinación docente de áreas, materias o módulos. Pero, siguiendo este mismo criterio, tampoco correspondería a este órgano, por ejemplo, la programación o coordinación didáctica de las áreas específicas de los programas de Diversificación Curricular, cosa que se está haciendo sin que otros departamentos reclamen para sí esta competencia.
Sin embargo, el hecho de que el de Orientación no sea un departamento de los llamados didácticos no implica que los miembros de aquel al que se adscriba la optativa de Psicología hayan de tener prioridad a la hora de impartir esta materia.
Es el artículo 92 de la Orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria, el que establece el procedimiento a seguir para evitar que los profesores que deban completar su horario en un departamento distinto al que se encuentran adscritos se vean obligados a impartir áreas o materias ajenas a su especialidad. En el apartado d) del mencionado artículo se indica que cuando haya enseñanzas asignadas a un departamento que deban ser impartidas por profesores de otro se procederá, antes de la distribución de las materias entre el profesorado del mismo, a determinar cuáles son más adecuadas en función de la formación de los profesores que se hagan cargo de ellas. Se añade que, por consiguiente, los grupos correspondientes no entrarán entonces en el reparto entre los profesores del departamento.
Si además tenemos en cuenta que el artículo 83 de la misma Orden establece que las únicas materias que puede impartir el profesorado de Psicología y Pedagogía son aquellas optativas relacionadas con su especialidad (repárese en la doble condición), cabe solicitar al Jefe de Estudios del Instituto que, cuando el profesor de Psicología y Pedagogía deba impartir materias adscritas al Departamento de Filosofía, se determine como materia más adecuada, de acuerdo con lo anterior, la materia Psicología y que por lo tanto no incluya ésta entre las que debe repartir el profesorado del departamento.
Esperemos, finalmente, que el sano y pacífico litigio que venimos manteniendo los especialistas del campo de la Filosofía y los de la Psicología en torno a este asunto no sea aprovechado por la administración educativa para suprimir del currículo del Bachillerato una materia que debería ofrecerse en todas las modalidades en las que se estructura esta etapa, independientemente de quién fuera el encargado de impartirla.