La elaboración de la programación

La elaboración de la programación

Aquellos/as aspirantes que hayan superado la primera prueba deberán entregar por escrito al tribunal un plan de actuación en un centro educativo para ser desarrollado desde un Departamento de Orientación o desde un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

Este plan de actuación puede coincidir con lo que sería el Plan Anual de Actividades de un departamento o un equipo de orientación y puede estructurarse en diferentes proyectos o programas de intervención relacionados los ámbitos prioritarios de intervención propios de la función orientadora:

  • Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje y atención a la diversidad
  • Apoyo al plan de acción tutorial
  • Apoyo a la orientación académica y profesional.

Dependiendo de comunidades autónomas y convocatorias se suelen incluir entre 10 y 15 programas, proyectos o unidades de actuación.

La programación será presentada en el lugar de examen y ante el Tribunal por en el plazo de veinticuatro horas a partir de la publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes que han superado la misma.

Cómo elaborar el Plan de Actuación de un departamento o equipo de orientación

Aunque la convocatoria comience hablando de programación didáctica, se aclara posteriormente que en la especialidad de Psicología y Pedagogía se elaborará un programa de intervención. Aún así, la redacción puede prestarse a confusiones, puesto que en la normativa actual el término que se utiliza para referirse a la planificación del trabajo en departamentos y equipos de orientación es Plan Anual de Actividades.

Aunque la convocatoria señale que «deberán especificarse al menos los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades educativas específicas» hay que tener en cuenta que el trabajo del especialista en Psicología y Pedagogía no es un trabajo didáctico, sino de asesoramiento y apoyo.  Por ello el plan de actividades debe especificar, de acuerdo con la normativa, objetivos, actuaciones, indicadores de evaluación, etc, pero no es una programación didáctica y por tanto no tiene «contenidos» de enseñanza.

El marco legal a tener en consideración para elaborar el plan de actividades son todavía en muchas comunidades autónomas las INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENOVACIÓN PEDAGÓGICA de 13 de mayo de 1996. En Castilla y León deben tenerse en cuenta también las sucesivas instrucciones de la Consejería de Educación, además de otras normas que atribuyen funciones y responsabilidades a los departamentos y equipos de orientación.

Esta parte del proceso selectivo tiene por objeto la comprobación de la aptitud del aspirante para organizar y planificar su trabajo dentro del centro y su dominio de las técnicas y estrategias necesarias para el asesoramiento.

Algunos errores comunes y posibles alternativas

Error 1

Incluir el Plan de Acción Tutorial y el Plan de Orientación Académica y Profesional como parte del Plan de Actividades del Departamento o del Equipo de Orientación Educativa.

Se trata de un error «grueso» pues el Plan de Acción Tutorial y el Plan de Orientación Académica y Profesional son documentos programáticos que forman parte del Proyecto Curricular o la Programación General Anual del centro, pero no del Plan de Actividades del Departamento.

Al menos en los IES, el Departamento de Orientación tiene responsabilidades en su elaboración y en las sucesivas propuestas de mejora, pero el DO no es el órgano responsable de la acción tutorial en el centro. Además, el Departamento de Orientación sólo puede programar en su Plan las tareas que van a realizar los miembros de nuestro departamento, no otros profesores.

Lo que el Plan Anual de Actividades del Departamento de Orientación debe recoger es lo que se va a hacer para contribuir a su desarrollo y para colaborar en su seguimiento y evaluación, de acuerdo con las directrices que ya deberían venir recogidas en el propio Plan de Acción Tutorial y en el Plan de Orientación Académica y Profesional.

Entre los aspectos a precisar en el «Plan de Intervención» sí deben estar las actuaciones previstas para asesorar a los tutores, para colaborar con la jefatura de estudios en la coordinación de la acción tutorial y del trabajo de los tutores, para atender individualmente a alumnos y padres, para contribuir a la evaluación y mejora del Plan de Acción Tutorial y del Plan de Orientación Académica y Profesional, etc. Es decir las tareas concretas y debidamente temporalizadas que se van a realizar para desarrollar las funciones que el Departamento de Orientación y sus componentes tienen encomendadas.

Error 2

Programar dentro del Plan de Actividades del Departamento de Orientación tareas que son competencias o decisión de otros profesores u órganos del centro que no forman parte de nuestro departamento.

Este error guarda relación con lo apuntado en el punto anterior y es bastante frecuente (no solo en opositores). No es extraño ver incluidas en el programa de actividades del Departamento de Orientación las tareas que, por ejemplo, van a realizar los tutores con su alumnos.

El Plan de Actividades del Departamento de Orientación sólo puede incluir tareas que vayan a realizar miembros de este departamento, de la misma manera que el departamento de matemáticas o el de inglés no programan las tareas que debe realizar el profesorado de orientación.

Las responsabilidades y tareas de los tutores figuran en el Plan de Acción Tutorial. Las actuaciones que el conjunto del profesorado realice con los ACNEEs deben programarse en el Proyecto Curricular o en las programaciones didácticas, pero no en el plan de actividades del Departamento de Orientación. Lo que sí que puede programarse es el procedimiento que se va a seguir cuando haya demandas de intervención con este alumnado y para colaborar con el profesorado a la hora de prestarles la adecuada atención. 

Error 3

Enunciar intenciones genéricas, poco concretas y sin una temporalización

Programar consiste en planificar tareas y actividades dirigidas a conseguir metas a corto, medio y largo plazo. El plan de actividades del Departamento de Orientación debe especificar las actuaciones concretas que se van a llevar a cabo para desarrollar las funciones que el Departamento de Orientación y sus componentes tienen encomendadas en los distintos ámbitos de trabajo. Conviene indicar quién o quienes van a ser los responsables de cada tarea, cuándo se van a realizar y con qué medios.

Los objetivos deben ser también claros, realistas y evaluables. Una programación ha de ser flexible, pero también ha de servir para guiar el trabajo diario.

 

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La resolución de 29 de abril de 1996 de la Dirección General de Centros Escolares del Ministerio de Educación estableció el ámbito de actuación específico de los diferentes profesionales que integran el Departamento de Orientación.

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